Marco Jurídico en producción lechera
Tesis de maestría
Versión publicada
Digital
Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro
Saltillo , Coahuila, México
"La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, (1917) vigente, no establece una normatividad que rija el procedimiento en materia de inocuidad de la leche a nivel federal. En el Artículo 27, Fracción XX, suscribe: “El Estado promoverá las condiciones para el Desarrollo Rural Integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina bienes y su participación e incorporación en el Desarrollo Nacional, y fomentará la actividad agropecuaria y forestal para el óptimo uso de la tierra, con obras de infraestructura, insumos, créditos, servicios de capacitación y asistencia técnica. Asimismo expedirá la legislación reglamentaria, para planear y organizar la producción agropecuaria, su industrialización y comercialización, considerándolas de interés público”. Adicionada mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1983. La normatividad en materia de producción lechera a nivel nacional se encuentra establecida en: Ley de Sanidad Animal, Ley General de Salud, Ley sobre Metrología y Normalización y sus respectivos reglamentos. Así mismo en las Normas Oficiales Mexicanas expedidas por la Comisión Nacional de Normalización y en base al ámbito de aplicación por las Secretarías de estado: SAGARPA, SS, STPS y las dependencias interiores de cada una. Por lo que se refiere a lo local, existen las leyes estatales de ganadería. No existe en la legislación mexicana, normas que se refieran a la producción lechera a nivel municipal. Debido a su importancia, las actividades y programas destinados a este sector por parte de la SAGARPA y de organismos desconcentrados como Apoyos y Servicios a la omercialización Agropecuaria (ASERCA, 2012) están dirigidos a impulsar el desarrollo integral y diversificado del subsector pecuario, mejorar su productividad y competitividad sin deterioro del ambiente, aumentar los ingresos de los productores, así como ampliar la oferta y la calidad de alimentos, incluida la expansión del comercio exterior. La producción lechera debe examinarse en un contexto mundial dinámico y en evolución como parte del proceso de globalización, que se caracteriza generalmente por el aumento del comercio internacional, la mayor integración de los mercados, la adopción más rápida de nuevas tecnologías, la transmisión de información. Todos estos aspectos tienen consecuencias sustanciales, tanto positivas como negativas, con respecto a la producción lechera y a la elaboración de un enfoque que abarque toda la cadena alimentaria. La organización de la Agricultura y la Alimentación (FAO) tiene una activa participación en programas de producción lechera. La Dirección de Alimentación y Nutrición (ESN) hospeda a la Secretaría Mixta de la Comisión del Codex Alimentarius (CAC), la cual ha llevado a cabo el Programa Conjunto FAO/OMS sobre Normas Alimentarias durante más de cuarenta años."
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