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dc.contributor.advisorAguirre Moreno, Vicente Javier
dc.contributor.authorVilleda Vivanco, Víctor
dc.contributor.otherPérez Rojas, Cesar
dc.contributor.otherBerlanga Flores, José Luis
dc.date.accessioned2018-11-04T18:23:33Z
dc.date.available2018-11-04T18:23:33Z
dc.date.issued2018-10
dc.identifier.urihttp://repositorio.uaaan.mx:8080/xmlui/handle/123456789/45477
dc.descriptionEl presente trabajo consiste en el análisis y solución de un conflicto hipotético, surgido a raíz de la Reforma Energética, mediante las técnicas de la mediación. Particularmente, nos avocaremos en el estudio de la mediación sobre el uso y ocupación superficial en materia de hidrocarburos, misma que se encuentra prevista en la Ley de Hidrocarburos. Específicamente se analizará el caso de la construcción de un gasoducto
dc.description.abstract"El proceso de la mediación se cumple de manera satisfactoria en base a las leyes y sus respectivos reglamentos, siguiendo un orden como se establece en los lineamientos y bajo los principios rectores que emiten, pudiendo integrar a las partes a la búsqueda de soluciones mediante un método que les permitiera ganar a ambos, respetando en todo momento sus derechos fundamentales. El aspecto de que el ejidatario en todo momento estuvo dispuesto a permitir a la empresa permisionaria llevar a cabo el proyecto de energía por un pago justo, misma que apoyó a la regularización de las tierras del ejidatario para la obtención del dominio pleno, fue parte importante para el alcanzar el acuerdo y finalmente poder establecer la compraventa del inmueble. Parte de la responsabilidad del ejidatario fue informar al Comisariado Ejidal y al núcleo agrario la intención de venta de su parcela, y debido a que no se presentó manifiesto alguno por parte de los integrantes del núcleo ejidal, terminando los 30 días que menciona la Ley Agraria, la tierra puede finalmente ser vendida a la empresa. Como una obligación del mediador energético se solicitó un nuevo avalúo, siendo la base de la contraprestación sugerida, ya que el que ofrecía la empresa carece de validez, es decir, solo aplican aquellos avalúos que emiten los peritos que forman parte del INDAABIN o de Instituciones de crédito autorizadas o mediante profesionistas con postgrado en valuación inscritos en el subpadrón autorizado. Los acuerdos alcanzados por las partes se presentaron ante un Juez de Distrito o Tribunal Agrario competente para ser validados. Estos acuerdos fueron alcanzados por voluntad de las partes y de manera que siempre estuvieran informados sobre los aspectos legales y técnicos, pudiendo ser asesorados en cualquier momento por la Procuraduría Agraria o una entidad jurídica confiable"
dc.formatPDFes_MX
dc.languageEspañoles_MX
dc.publisherUniversidad Autónoma Agraria Antonio Narroes_MX
dc.rightsAcceso Abiertoes_MX
dc.rights.uriCC BY-NC-ND - Atribución-NoComercial-SinDerivadases_MX
dc.subjectCIENCIAS AGROPECUARIAS Y BIOTECNOLOGÍAes_MX
dc.titleMediación para la solución de conflictos de tierras para un proyecto de implementación de gasoducto en el ejido “Rafael Lara Grajales”, municipio del estado de Puebla.es_MX
dc.typeTesis de maestríaes_MX
dc.type.versionVersión publicadaes_MX
dc.audienceEstudianteses_MX
dc.audienceInvestigadoreses_MX
dc.publisher.placeSaltillo, Coahuila, Méxicoes_MX
dc.type.thesisDigital


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