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Mediación para la solución de conflictos de tierras para un proyecto de implementación de gasoducto en el ejido “Rafael Lara Grajales”, municipio del estado de Puebla.
dc.contributor.advisor | Aguirre Moreno, Vicente Javier | |
dc.contributor.author | Villeda Vivanco, Víctor | |
dc.contributor.other | Pérez Rojas, Cesar | |
dc.contributor.other | Berlanga Flores, José Luis | |
dc.date.accessioned | 2018-11-04T18:23:33Z | |
dc.date.available | 2018-11-04T18:23:33Z | |
dc.date.issued | 2018-10 | |
dc.identifier.uri | http://repositorio.uaaan.mx:8080/xmlui/handle/123456789/45477 | |
dc.description | El presente trabajo consiste en el análisis y solución de un conflicto hipotético, surgido a raíz de la Reforma Energética, mediante las técnicas de la mediación. Particularmente, nos avocaremos en el estudio de la mediación sobre el uso y ocupación superficial en materia de hidrocarburos, misma que se encuentra prevista en la Ley de Hidrocarburos. Específicamente se analizará el caso de la construcción de un gasoducto | |
dc.description.abstract | "El proceso de la mediación se cumple de manera satisfactoria en base a las leyes y sus respectivos reglamentos, siguiendo un orden como se establece en los lineamientos y bajo los principios rectores que emiten, pudiendo integrar a las partes a la búsqueda de soluciones mediante un método que les permitiera ganar a ambos, respetando en todo momento sus derechos fundamentales. El aspecto de que el ejidatario en todo momento estuvo dispuesto a permitir a la empresa permisionaria llevar a cabo el proyecto de energía por un pago justo, misma que apoyó a la regularización de las tierras del ejidatario para la obtención del dominio pleno, fue parte importante para el alcanzar el acuerdo y finalmente poder establecer la compraventa del inmueble. Parte de la responsabilidad del ejidatario fue informar al Comisariado Ejidal y al núcleo agrario la intención de venta de su parcela, y debido a que no se presentó manifiesto alguno por parte de los integrantes del núcleo ejidal, terminando los 30 días que menciona la Ley Agraria, la tierra puede finalmente ser vendida a la empresa. Como una obligación del mediador energético se solicitó un nuevo avalúo, siendo la base de la contraprestación sugerida, ya que el que ofrecía la empresa carece de validez, es decir, solo aplican aquellos avalúos que emiten los peritos que forman parte del INDAABIN o de Instituciones de crédito autorizadas o mediante profesionistas con postgrado en valuación inscritos en el subpadrón autorizado. Los acuerdos alcanzados por las partes se presentaron ante un Juez de Distrito o Tribunal Agrario competente para ser validados. Estos acuerdos fueron alcanzados por voluntad de las partes y de manera que siempre estuvieran informados sobre los aspectos legales y técnicos, pudiendo ser asesorados en cualquier momento por la Procuraduría Agraria o una entidad jurídica confiable" | |
dc.format | es_MX | |
dc.language | Español | es_MX |
dc.publisher | Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro | es_MX |
dc.rights | Acceso Abierto | es_MX |
dc.rights.uri | CC BY-NC-ND - Atribución-NoComercial-SinDerivadas | es_MX |
dc.subject | CIENCIAS AGROPECUARIAS Y BIOTECNOLOGÍA | es_MX |
dc.title | Mediación para la solución de conflictos de tierras para un proyecto de implementación de gasoducto en el ejido “Rafael Lara Grajales”, municipio del estado de Puebla. | es_MX |
dc.type | Tesis de maestría | es_MX |
dc.type.version | Versión publicada | es_MX |
dc.audience | Estudiantes | es_MX |
dc.audience | Investigadores | es_MX |
dc.publisher.place | Saltillo, Coahuila, México | es_MX |
dc.type.thesis | Digital |